El
club se denominaráNogales Riders
Motoclub. El propósito del club es de
promover el deporte del motociclismo en una imagen positiva dentro de un ambiente familiar
y de servicio a la comunidad y a la vez preservando seguridad en la conducción de
motocicleta y los derechos de motociclistas en las comunidades de Nogales, Arizona y de
Nogales, Sonora.
Artículo
2: PERSONALIDAD DE SOCIOS
Sección
2.1 El Club aceptará como socio a cualquier persona que tenga por lo menos dieciocho (18)
años de edad.
Sección
2.2: Todos los socios se comportarán de
acuerdo a la manera que sea constante con promover la declaración del propósito
presentado en el Artículo 1. El
comportamiento contrario a lo expuesto en el Artículo 1
por parte de cualquier socio del club podra resultar en la terminación del
privilegio de participación como socio del Club según lo determinado por el Consejo de
Dirección.
Sección
2.3: Los socios de pleno derecho deben
assistir por lo menos a seis (6) reuniones del Club y participar en no menos de tres (3)
paseos o eventos patrocinados por el Club dentro de un año civil para mantener su estado
activo dentro del Club.
Sección
2.4: Clasificaciones de Socios, Honorario de
Inscripción y Cuotas Mensuales
SOCIO
DE PLENO DERECHO: El socio pagará el honorario de inscripción de $20.00 y cuotas
mensuales de $5.00 por mes. Los socios de
pleno derecho tienen todos los privilegios y ventajas del Club los cuales incluyen portar
el emblema oficial y camiseta del Club.
SOCIO
ASOCIADO: El socio solamente pagará el
honorario de inscripción de $20.00. El socio
debe ser patrocinado por un socio de pleno derecho que forma parte de su hogar. Los socios asociados gozan de todas las ventajas
del club pero son socios no electorales. Se
permitirá a los socios asociados portar el emblema oficial y camiseta del Club.
SOCIO
HONORARIO: Los socios honorarios serán
aquellos individuos que merecen reconcimento por prestar servicio extraordinario al Club y
deben ser nominados por un socio de pleno derecho o un socio asociado. El Club obsequiará a los socios honorarios la
camiseta oficial del Club. Sin embargo, el socio no votará en asuntos del Club. Un voto por mayoría de los socios electorales
presentes en cualquier reunión regular será requerido para la nombración de un socio
honorario.
SOCIO
PROSPECTIVO: El socio prospectivo para
elección como socio de pleno derecho deberá ser recomendado por un socio de pleno
derecho del Club. El socio de pleno derecho extenderá una invitación al socio
prospectivo para asistir a una reunión abierta para
presentar al prospectivo al Club. Además, deberá assistir por lo menos a cuatro (4)
reuniones del Club y tres (3) paseos de grupo en un plazo de tres (3) meses antes de ser
elejido como socio de pleno derecho. El
prospectivo no será permitido portar el emblema oficial o la camiseta del Club. Si el comportamiento del prospectivo es
satisfactorio y sobre recomendación, un voto
por mayoría de los socios de pleno derecho presentes en la reunión indicada es requerido
para la elección del perspectivo. El prospectivo no estará presente en la reunion de su
elección. Al lograr el nombramiento como
socio de pleno derecho, el prospectivo pagará el honorario de inscripción, coutas
mensuales y gosará de todos los privilegios y ventajas de un socio de pleno derecho del
Club.
Artículo
3: EMBLEMA OFICIAL DEL CLUB / COLORES
Sección
3.1 El Emblema Oficial del Club es propiedad del Club y solo el Club puede autorizar el
uso del Emblema o de cualquier tipo de reproducción del mismo. Hay sólo un diseño OFICIAL del Emblema del Club,
y no se cambiará ni será alterado por ningún socio.
Sección
3.2 Los Colores del Club se quedarán como la propiedad del Club a menos que
un socio (de pleno derecho o asociado) habrá cumplido
10 años de participación como socio activo. Después del período de 10
años, Los Colores del Club llegarán a ser la propiedad de tal socio.
Sección
3.3 En el caso que un socio (de pleno derecho o asociado) renuncía del club o su
asociación es revocada por causa, el socio rendirá el Emblema del Club a cualquier
Oficial del Club al momento de tal resignación o revocación
Artículo
4: REUNIONES
Sección
4.1 Las reuniones del club serán convocadas cada otra semana del mes con una citada el
jueves en Nogales, AZ y una citada el miércoles en Nogales, Sonora y en el lugar y la
hora que el presidente determinará. La
reunión de jueves se designará la reunion de negocio para tratar los asuntos del Club. La reunión de miércoles se destinará para
disfrutar de actividades sociales u otras actividades que fomenten, realcen y animen la
fraternidad y el compañerismo entre los socios del Club.
Sección
4.2 Las reuniones del Consejo de Dirección y cualquier comisión permanente se
convocarán cuando sean necesarias.
Artículo
5: ELECCIÓNES DE LOS FUNCIONARIOS DEL CLUB
Sección
5.1 Los Funcionarios del Club serán el Presidente, el Vice- Presidente, el Secretario, el
Tesorero y el Historiador.
Sección
5.2 Los nombramientos de los nuevos funcionarios serán hechos por los socios presentes en
la reunión antes de la reunión destinada para llevar a cabo las elecciónes. Las elecciones serán llevadas a cabo anualmente,
en la primera reunión regular en el mes de
marzo del año en curso. La votación será
por los socios de pleno derecho presentes en la reunion electoral y en forma secreta. Una mayoría de votos tabulados será suficiente
para elegir a los funcionarios.
Sección
5.3 Los funcionarios podrán ser elegidos al mismo puesto por un máximo de dos términos
consecutivos.
Sección
5.4 Cualquiera vacante de funcionario (electo o designado) se cubrirá mediante
designación del Consejo de Dirección tan pronto como dicha vacante se presente.
Sección
5.5 Los intergrantes del Consejo de Dirección serán los funcionarios electos del club y
los funcionarios designados por el presidente.
Artículo
6: Los Deberes
de los Funcionarios Electos y de los
Funcionarios Designados.
Sección
6.1 Los deberes del Presidente serán:
a.
Presidir
en todas las reuniones del club.
b.
Supervisar
los asuntos del club.
c.
Designar
los siguientes funcionarios; Director de
Protocolo, Jefe de capitanes de camino, Jefe de retaguardias, y Director de Seguridad
d.
Designar
a cualquier puesto o comité cual no se ha, de otra manera,
designado por el
club.
e.
Representar
personalmente al club en ocasiones apropiadas y en
contactos de
negocio.
f.
Promover
interés de parte de cada socio en el convivio entre los socios y actividades del club.
g. Votar solamente cuando es necesario
para romper un empate.
Sección
6.2 Los deberes del Vice-Presidente serán:
a.
Realizar
los deberes del Presidente en su ausencia.
b.
Asistir
a los funcionarios del club cumplir con sus
oficios
y mantener sus respectivos expedientes, correspondencia, etc.
c.
Orientar
a los socios prospectivos en la estructura del Club, participación en los
Eventos,
cumplimiento en el reglamento de paseo en grupo, etc.
Sección
6.3 Los deberes del Secretario serán:
a. Mantener un expediente escrito (minutas) de
las reuniones del club.
b. Enviar los avisos de reuniones
regulares o especiales.
d.
Manejar
toda la correspondencia del club.
e.
Realizar
los otros deberes tales como generalmente correspondan a su funcción.
f. Mantener la lista de socios con
sus telefonos y domicilios.
Sección
6.4 Los deberes del Tesorero serán:
a.
Cobrar
las cuotas mensuales a los socios.
b.
Cobrar
y colectar cualquier monto de dinero que se le deba al club.
c.
Mantener
expedientes financieros del club y entregar informes a los
debidos tiempos.
d.
Mantener
y poner al día el estado de los socios.
Sección
6.5 Los deberes del Historiador serán:
a. Mantener un álbum de
fotografías del Club.
b. Mantener un Album de
recortes del Club.
c. Asistir en
proporcionar información y materia para la pagina de internet del
Club.
d.
Funcionar como
Fotógrafo del Club.
Sección
6.6 Los deberes del Director de Seguridad serán:
a.
Desarrollar
e implementar procedimientos de seguridad para los
paseos del
grupo.
b.
Desarrollar
e implementar un programa de entrenamiento para los capitanes de camino y retaguardias.
c.
Proporcionar
entrenamiento e información en prácticas seguras del
Motociclismo
y primeros auxilios.
d.
Apoyar
a los capitanes de camino y retaguardias según lo indicado
en el
reglamento de paseo en grupo del Club.
e.
Mantener
datos de notificación sobre los socios en caso de
emergencia.
f.
Mantener
una lista de los participantes en cualquier paseo de grupo
del club.
g.
Ayudar
a esos socios que llevan permisos provisionales para
conducir
motocicleta lograr el cumplimiento de los requisitos para
obtener el
endoso completo como operador de motocicleta.
Sección
6.7 Los deberes del Jefe de capitanes de camino y del Jefe de retaguardias serán:
a.
Planear
todos los viajes, eventos, actividades, etc. del Club
b.
Guiar
al Club en los paseos de grupo o desfiles.
c.
Fomentar
interés en las actividades del Club.
d.
Ayudar
con el manejo de los eventos sociales, y
otras funciones del Club.
e.
Asegurar
el cumplimiento del reglamento de paseo en
grupo
f.
Seleccionar
a ayudantes para llevar a cabo tareas especiales.
g.
Asegurar
que las reglas seguridad del Club se expongan y se cumplan en cada paseo de grupo.
h.
Asistir
al Oficial de Seguridad en el entrenamiento del cuerpo de
capitanes de
camino y retaguardias.
Sección
6.8 Los deberes del Director de Protocolo serán:
a.
Mantener
orden en todas las reuniones del Club.
b.
Supervisar
la seguridad en todas las funciones y eventos del club.
c.
Asistir
a otros funcionarios del Club según lo dirigido por el
Presidente.
Sección
6.9 Los deberes del Consejo de Dirección serán:
a.
Actuar
sobre todos los asuntos expuestos por el Club.
b.
Tomar
decisiones definitivas en expulsiones de socios.
c.
Investigar
y presentar correctamente al club acontecimientos
importantes.
d. Dirigir todos los asuntos del Club.
Artículo
7: La Acta Constitutiva y los Estatutos del
Club se podrán enmendar por mayoría de votos de los socios activos presentes en una
reunión del Club.
Sección
1: Las reglas de Roberts Rules of
Order gobernarán los procedimientos parlamentarios de este Club a menos que sean
proporcionadas de otra manera por estos estatutos. La
orden del negocio será:
1.
Llamada
a la orden
2.
Informe
de los Funcionarios
3.
Asuntos
pendientes
4. Asuntos nuevos
Sección
2: Los comites permanentes serán el Comité
de Seguridad y el Comité de Actividades integrados por lo menos de tres (3) socios (de
pleno derecho o asociado) además del director respectivo.
El Comité de Actividades, con el Jefe de capitanes del camino actuando como
director, tendrá carga de todos los viajes, eventos, y funciones sociales, conforme a los
propositos que el Club indique. Todos los
capitanes del camino y retaguardias participarán en el Comité de Actividades.
El Comité de Seguridad, con el Director de Seguridad actuando como
director, tendrá carga de todas las materias referentes a los reglamentos de seguridad y
paseos en grupo. El presidente puede
designar a otros comités conforme a las necesidades del Club.
Sección
3: Los socios de pleno derecho deben mantener al corriente sus cuotas mensuales para
permanecer como socios activos. Cualquier socio de pleno derecho atrasado más de 3 meses
en pagos de cuotas se considerará inactivo y sujeto a darse de baja del roll del Club. En tal caso, un socio inactivo puede ser
reinstalado pagando las coutas al corriente antes del final del año civil. Si el socio no satisface este requisito, podrá
reaplicar para inscripción al Club al principio del próximo año civil.
Sección
4: Todos los socios deben mantener en los archivos del Club sus direcciónes de correo,
números de teléfono, y sus domicilios electronicos (e-mail) (si es aplicable).
Sección
5: El privilegio de portar los colores (emblema oficial y camiseta) del Club requiere que
los socios se comporten de una manera que sea constante en la proyección de una imagen
positiva del motociclismo y de seguridad en conducir.
Los socios no portarán los colores del Club en ningún evento o en ningún
local en el cual reflejarán una imagen negativa de nuestro Club. Durante cualquier
reunión o evento, El Club seguirá todas las leyes federales, estatales y locales,
reglamentos de tránsito, etc. sin distinguir en qué plaza se lleve a cabo el evento o
reunion.
Sección
6: Cualquier socio puede ser expulsado del Club por conducta indecorosa. En tal caso, una queja escrita será sometida al
Consejo de Dirección, que tomará evidencia, para llevar a cabo una audiencia en la cual
el socio en cuestion pueda aparecer, El Consejo presentará su recomendación al Club en
la siguiente reunión programada. La toma de
accion sobre la recomendación del Consejo requerirá voto por mayoría de los socios de
pleno derecho activos presentes en la reunión:
Sección
7: En cualquier paseo de grupo,todos los socios y sus invitados seguirán el reglamento de
paseo en grupo establecido por el club.
Sección 8: Todos los participantes (socios e invitados) en un paseo de grupo del Club deberán tener una licencia válida como operador de motocicleta o un permiso provisional para operar motocicleta otorgado por la jurisdicción apropiada de su respectivo estado residencía.